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El BOE publica mañana la norma que permite a los afectados por ERTE hacer cursos para parados y ocupados

Fuente: Cinco Días
26/11/2020

El ministerio de Trabajo tiene previsto pulicar la orden ministerial que determina el acceso prioritario de estos trabajadores a acciones formativas
El Ministerio de Trabajo tiene previsto publicar mañana en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden miniserial en la que se detallan algunos aspectos del acceso de los trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) a los cursos formativos y se establece la prioridad de este colectivo para realizarlos.

La prioridad de acceso de estos trabajadores inmersos en un ERTE a acciones formativas de reciclaje profesional se estableció en el último acuerdo firmado entre el Gobierno y los agentes sociales a finales de septiembre para prorrogar las condiciones especiales de los ajustes de empleo hasta el  31 de diciembre. Con ello se daba un paso más a lo incluido desde 2015 en el propio Estatuto de los Trabajadores, donde ya se recoge que, para los empleados afectados por un ERTE, se deben promover acciones formativas vinculadas a su actividad profesional cuyo objetivo sea aumentar su polivalencia o incrementar su empleabilidad.

Sin embargo, estas cuestiones eran poco más que una declaración de intenciones ya que la normativa actual de formación profesional para el empleo “no siempre contempla la posibilidad de participación de estas personas trabajadoras (afectados por ERTE) en las distintas iniciativas, o establece límites a dicha participación, lo que puede dificultar o impedir el acceso a las acciones formativas a un colectivo que especialmente requiere de las mismas”, según han reconocido desde el Ministerio de Trabajo.

Por ello, el departamento que dirige la ministra Yolanda Díaz ha considerado necesario la elaboración y aprobación de una orden ministerial que garantice el acceso de estos trabajadores a todo tipo de cursos formativos así como darles prioridad para que se formen.

Es más, desde el Banco de España su director general de economía y estadística, Óscar Arce, reclamaba recientemente un “uso intensivo” de estas posibilidades de formación y reciclaje de los trabajadores en ERTE para “evitar su descapitalización” ante la eventualidad de que muchas empresas necesiten reestructurar sus plantillas.

Así la orden que se publicará previsiblemente mañana en el BOE determina que los afectados por  ERTE tengan “la consideración de colectivo prioritario para el acceso a las iniciativas de formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito labora”, indica el texto normativo que prepara Trabajo.

En concreto, el texto de la orden ministerial modifica a su vez otra orden que desarrolla el Real Decreto de 3 de julio de 2017 que detalló la Ley 30/2015, que regula el actual Sistema de Formación Profesional para el Empleo.

Según lo que se publicará mañana podrán beneficiarse de esta prioridad para ser incluidos en un curso formativo cualquier persona afectada por un ERTE “tanto por suspensión de contratos como por reducción de jornada, con independencia de que sean por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor”.

Asimismo, el texto normativo garantiza su acceso a todo tipo de acción formativa ya sea las organizadas por las empresas o las Administraciones y tanto a los cursos para parados como para ocupados. De esta forma, la norma indica que los afectados por cualquier tipo de ERTE podrán participar en la formación programada por las empresas para sus personas trabajadoras (formación bonificada); así como a la oferta formativa para personas trabajadoras ocupadas. En este último caso, podrán participar en cualquier programa de formación, con independencia del tipo y ámbito sectorial del mismo. Además en este tipo de oferta formativa “las personas trabajadoras no tendrán la consideración de desempleadas a los efectos del límite de participación de éstas".

En tercer lugar, los afectados por ERTE podrán acceder también a la oferta formativa para desempleados. En este supuesto, no computarán como ocupadas a efectos de llegar al límite máximo del 30% de ocupados en un curso para parados.

Sin dotación económica


No obstante, Trabajo no prevé destinar ninguna partida presupuestaria para financiar estos cursos formativos, que se costearán por los canales habituales: las bonificaciones en el caso de las acciones organizadas por las empresas o por subvenciones, según admite Trabajo en el análisis de impacto normativo de la orden ministerial.

Esta orden también modifica otras cuestiones sobre la formación de trabajadores desempleados, como el mantenimiento de las ayudas al transporte público de los parados que acudan a cursos formativos, si bien se eliminan las posibles ayudas al transporte con vehículo propio. Asimismo, se mantendrá la cuantía abonada en las becas de los programas de empleo y formación.