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Real decreto de permiso retribuido recuperable. Un amplio catálogo de empresas se libra de la hibernación

Fuente: Expansión
29/03/2020

El borrador de real decreto en el que se establece el permiso retribuido recuperable de trabajadores no esenciales hasta el 9 de abril identifica como excepción cuarenta actividades de las que no puede prescindir el país.

Los detalles del permiso retribuido recuperable anunciado este fin de semana por el Gobierno aparecen plasmados en un borrador de real decreto pendiente de publicación en el BOE, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN. En su anexo, aparece una relación de trabajadores a los que no resulta de aplicación el nuevo permiso.

Las telecomunicaciones, el suministro de energía y las entidades financieras quedan fuera del ámbito de aplicación del borrador del decreto y, con ello, un buen número de corporaciones de Ibex. La propia Inditex, que es la mayor empresa de país, sí podrá seguir operando, pero solo en las actividades de producción textil. ACS, Amadeus, Cie Automotive, Colonial e IAG son las que, en cambio, apenas tienen encaje en las actividades identificadas como esenciales por el decreto. Lo mismo ocurre con dos importantes sectores, el de construcción y la automoción, abocados a la suspensión de actividades.
El permiso retribuido no afectará al personal sanitario ni a los trabajadores en las actividades que participan en las cadenas de abastecimiento y en la producción de bienes de primera necesidad. Quedan exentas empresas de alimentos, bebidas, productos higiénicos o medicamentos. Desde Mercadona o Alcampo hasta Almirall , Grifols o Pharmamar, pasando por los distribuidores de estos bienes, seguirán operando como hasta ahora.
La hostelería y restauración quedan también exentos en su actividad de entrega a domicilio, lo que da continuidad a plataformas como Glovo o Deliveroo. También lo hacen los transportistas, además de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, servicios de protección civil, salvamento o extinción de incendios. A ellos se añaden los encargados de distribuir y entregar correspondencia y productos del comercio electrónico, entre ellos Correos Express, Seur o DHL.

Dentro de la industria, la hibernación afectará a las 17 plantas españolas de automoción, que ya se encuentran paradas y bajo ERTE. PSA, Volkswagen o Ford no trabajarán, pero sí lo harán las industrias electrointensivas, de altos hornos o mineras como ArceloMittal, Asturiana de Zinc o Alcoa, además de las químicas como Basf o Covestro, y cualquier otra actividad manufacturera de productos como los textiles, el vidrio, el tabaco o los alimentos. Estarán operativos los productores de papel, celulosa y cartón, entre ellos Ence, Iberpapel, DS Smith o Smurfit Kappa.

Quedan además exentas las empresas de seguridad privada, con Prosegur y Securitas a la cabeza, y las entidades que prestan servicios financieros y de seguros, lo que en el Ibex excluye a Santander, Bankia, Sabadell, CaixaBank, Bankinter o Mapfre.

Aparte de los fabricantes de baterías de plomo y operadores de ciclos productivos que puedan sufrir daños graves con la parada, la norma exime a la industria aeroespacial y de defensa, esto es, a compañías como Airbus, Indra, Aciturri, ITP o Aernnova.

Los trabajadores de las telecomunicaciones y de servicios informáticos generales seguirán operando, lo que incluye a empleados de Telefónica, Orange, Vodafone o MásMóvil. También lo harán los de gestión y operación de autopistas de peaje, como Abertis o Globalvia, además de los de sistemas de agua como Canal de Isabel II o Agbar.

El suministro energético ya queda contemplado como servicio esencial en el real decreto de estado de alarma del 4 de marzo, lo que deja fuera de la nueva norma a los empleados de Repsol, Cepsa, BP, Iberdrola, Endesa o Naturgy, entre otros.

También quedan sin permiso retribuido recuperable los empleados del hogar, los cuidadores, los operarios de funerarias (Funespaña), los dedicados a la protección frente a la violencia de género, los de actividades necesarias para garantizar los abonos de prestaciones públicas, las dedicadas al asesoramiento legal (despachos de abogados y en algunos casos KPMG, Deloitte, EY y PwC) o la defensa de los consumidores (OCU y Facua), los notarios, los de servicios de limpieza (Eulen e Ilunion), los medios de comunicación (dentro del Ibex, Mediaset), los de centros de acogida de refugiados, el personal de aduanas o el servicio meteorológico.
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