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Zona Franca aprueba medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto ec. del COVID-19

Fuente: Consorcio de la Zona Franca de Vigo
25/03/2020

Para hacer frente al impacto que esta crisis originada por el Covid-19 está teniendo en las empresas y mitigar en la medida de lo posible sus repercusiones en nuestra economía, el Pleno del Consorcio de la Zona Franca, solidario en su papel de agente de desarrollo, ha aprobado hoy una serie de medidas urgentes cuyos primeros beneficiarios serán las entidades instaladas en los distintos inmuebles y polígonos del Consorcio.

Para hacer frente al impacto que esta crisis originada por el Covid-19 está teniendo en las empresas y mitigar en la medida de lo posible sus repercusiones en nuestra economía, el Pleno del Consorcio de la Zona Franca, solidario en su papel de agente de desarrollo, ha aprobado hoy una serie de medidas urgentes cuyos primeros beneficiarios serán las entidades instaladas en los distintos inmuebles y polígonos del Consorcio. Se estima que la cantidad a condonar en las rentas de los meses de marzo y abril seguramente oscilará entre 710.000 y 1.420.000 euros, aunque dicha cifra depende de lo que declaren las empresas que haya bajado su facturación en dicho periodo. Como se avanzó hace días, para que este refuerzo económico también pueda llegar a otras empresas, Zona Franca inyectará 5 millones de euros a la sociedad de capital-riesgo Vigo Activo. Este paquete de medidas extraordinarias se han votado por unanimidad siendo todos los vocales de Zona Franca, con el Alcalde-Presidente, Abel Caballero y el Delegado del Estado, David Regades, conscientes de la necesidad de redoblar los apoyos a las empresas durante el período de emergencia por el Covid-19.
 
En concreto, el Pleno, reunido esta tarde por primera vez en la historia de Zona Franca de forma telemática, ha resuelto que estas medidas serán aplicables a los usuarios de los polígonos de Balaídos y Bouzas arrendatarios de edificios de oficinas, naves y almacenaje exterior; a los alojados en el Centro de Servicios del PTL y en la nave logística; a los que están en el Centro de Negocios, en el Edificio Tecnológico y en las naves bioclimáticas de Porto do Molle; en el CIE y Edificio de Servicios de A Granxa; en los edificios dotacionales de Montero Ríos y Plaza de la Estrella y en la Casa do Reloxo de Baiona.

A todos ellos, y como norma general, la Zona Franca les exonerará del pago de la renta o del canon de servicio o la bonificación su importe sin que ello suponga una modificación de los contratos de arrendamiento o prestación de servicios suscritos. En caso de que los beneficiarios de estas medidas obtuviesen otras ayudas públicas destinadas a financiar sus gastos de arrendamiento, éstas primarán sobre las medidas aprobadas por el Consorcio, de manera que el beneficiario deberá proceder a la devolución de los importes económicos que haya recibido. Para la aplicación de estas medidas es necesario que el interesado realice una solicitud previa y que, en los casos en que sea un requisito el descenso de facturación, se acredite el mismo.

Las rentas y los cánones por servicios prestados correspondientes al mes de abril de 2020 no se cobrarán en abril y serán facturadas (en las cuantías que resulten de la aplicación de las medidas contempladas) en la primera quincena de junio de 2020. Asimismo, en esta facturación que se emitirá en junio, se incluirán también los abonos por corrección o bonificación de las rentas y cánones de servicio del mes de marzo. Del mismo modo las rentas y cánones correspondientes al mes de mayo de este año también se cobrarán en junio. Las rentas correspondientes al mes de junio se facturarán en julio.

Específicamente, se acordó eximir de la renta de marzo y también de la de abril en el caso de que se extienda a ese mes la declaración del estado de alarma, a todos los inquilinos de locales destinados a restauración y, en general, a aquellos locales que, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, que declara el estado de alarma y el artículo 7 del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de marzo de 2020, han tenido que suspender su actividad y/o paralizar su apertura al público:

A los inquilinos de oficinas, naves y otras construcciones y de superficie exterior se les bonificará el 100% de la renta correspondiente al mes de marzo de 2020 y, en caso de que la declaración de estado de alarma se extienda a todo o parte del mes de abril, bonificación también del 100% de la renta del mes de abril de 2020 cuando su facturación se haya visto reducida, respectivamente en los meses de marzo y/o abril, al menos, en un 75 % en relación con el promedio de facturación mensual del semestre anterior. Para esas empresas que hayan visto reducida su actividad al 50 % en relación con el promedio de facturación mensual del semestre anterior, la bonificación será del 75%  de igual manera para marzo y en el supuesto de abril. Esta bonificación no resultará aplicable en el supuesto de contratos de arrendamiento que estipulen una renta variable para superficies exteriores.

A todos los Emprendedores, localizados en el CIE A Granxa en O Porriño, en el vivero del Centro de Negocios, del Edificio Tecnológico y de los talleres industriales de Porto do Molle en Nigrán, y en la Casa do Reloxo en Baiona la Zona Franca les exime del canon de servicio de marzo y el de abril, si continúa la alarma. Para los usurarios de espacios de coworking se aprobó la exención de renta mientras se mantenga el cierre de estos espacios.

El Pleno acordó facultar al Delegado del Estado para que sea él quien apruebe o deniegue la exención o bonificación que corresponda a cada uno de los potenciales beneficiarios de las medidas aprobadas.

Así mismo, se informó al Pleno que el Comité Ejecutivo ha facultado a David Regades para   promover en la Junta de accionistas de Vigo Activo una ampliación de capital por un importe total de 5.965.000 euros mediante la emisión de 5.965 acciones de 1.000 euros y a suscribir en nombre del Consorcio 5.000 de esas acciones. Este aumento de capital es particularmente conveniente desde el punto de vista del interés social, ya que va a suponer inyectar una importante dotación de recursos al permitir a la sociedad de capital riesgo incidir en el marco de su política de inversión de la siguiente manera:

En el caso de sociedades participadas en las que se haga necesaria una inyección adicional de recursos financieros, se estudiarán de forma individualizada las necesidades y la instrumentalización de una posible nueva inversión atendiendo a sus circunstancias actuales y a la situación de VIGO ACTIVO S.C.R. en cuanto al cumplimiento de los coeficientes obligatorios recogidos en la Ley 22/2014, de 12 de noviembre  de Sociedades de Capital Riesgo, de forma que o bien se produzca una entrada directa en el capital de la sociedad invertida o bien se articule un préstamo participativo capitalizable (por ejemplo 25.000€ adicionales en el caso de VIA GALICIA o BFA) a la sociedad que lo solicite y esté impactada directamente) o una novación de los existentes en caso de que se simultanearan ambos tipos de inversión.

En el caso de sociedades a las que se hubieran concedido préstamos participativos, se estudiarán las necesidades de novación de las condiciones de los mismos, tanto de los importes dispuestos, de los plazos de devolución o periodos transitorios de carencia (aplazamiento de las cuotas correspondientes a marzo y junio) o de la modificación de las ventanas de capitalización de los mismos.

En el caso de nuevas inversiones sin participación previa de VIGO ACTIVO, las mismas se articularán “preferentemente” a través de la entrada directa en capital con ventana de salida en función de una serie de condiciones pactadas, tal y como viene siendo habitual.